Daños a consumidores
Productos defectuosos, alimentos en mal estado y servicios negligentes.
Área de práctica
Si te lesionaste por culpa de un tercero o una empresa —un producto defectuoso, una mala praxis, una caída en un comercio, un espectáculo mal organizado—, su seguro debe responder. Nosotros lo reclamamos.
La responsabilidad civil es el deber de reparar el daño que alguien le causa a otro. Cuando te lesionás por la negligencia de una persona o una empresa, esa parte —y su seguro— tiene que responder por tus lesiones.
Abarca un universo enorme de situaciones: daños a consumidores (productos defectuosos, servicios negligentes), mala praxis, caídas en comercios y espacios públicos, y accidentes deportivos, recreativos y en espectáculos públicos, donde responde el organizador del evento o la actividad.
La clave es que la mayoría de los responsables tiene un seguro de responsabilidad civil: el reclamo se dirige contra ese seguro. Reunimos la prueba del hecho (cámaras, testigos, constancia médica), demostramos la responsabilidad y peleamos la indemnización que te corresponde.
En detalle
Productos defectuosos, alimentos en mal estado y servicios negligentes.
Daños por negligencia médica o profesional.
Pisos mojados, escaleras o ascensores en mal estado, veredas descuidadas.
Recitales, eventos, gimnasios y clubes: responsabilidad del organizador.
Dirigimos el reclamo contra la póliza de responsabilidad civil de la empresa o el tercero.
Cámaras de seguridad, testigos y constancia médica para acreditar el daño.
Preguntas frecuentes
¿Tenés una duda puntual sobre tu caso? Escribinos y te respondemos hoy.
Ver todasEs el deber de reparar el daño que una persona o empresa le causa a otra. Si te lesionaste por la negligencia de un tercero, ese responsable —y su seguro— debe indemnizarte.
Si la caída se debió a una falla del lugar (piso mojado sin señalizar, obstáculos, mala iluminación), sí. El comercio tiene el deber de mantener el espacio seguro y suele contar con un seguro de responsabilidad civil. La prueba —cámaras y testigos— es decisiva.
El organizador. El riesgo propio de la actividad se asume, pero no la negligencia: si faltaron controles, equipamiento o medidas de seguridad, hay responsabilidad. Un deslinde firmado no cubre esa negligencia.
Seguí explorando
Primera consulta gratuita
Contanos qué pasó.
Estamos de tu lado.
Analizamos tu caso sin costo y te decimos con claridad qué indemnización podés reclamar y cómo la conseguimos. Sin vueltas, sin letra chica.